APÉNDICES II, III y IV

 

DEFINICIONES Todos los términos con definición aparecen escritos en Itálica (cursiva) y están ordenados alfabéticamente en la sección Definiciones.

El R&A se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las Reglas relacionadas con palos, bolas, dispositivos y otro equipo y de realizar o cambiar las interpretaciones relacionadas con estas Reglas. Para información actualizada póngase en contacto con el R&A, o consulte en la página www.randa.org/equipmentrules.

Cualquier diseño de un palo, bola, dispositivo u otro equipo que no esté recogido por las Reglas, que sea contrario al objetivo y propósito de las Reglas, o que pudiera cambiar substancialmente la naturaleza del juego, deberá someterse a la Real Federación Española de Golf.

Las dimensiones y límites contenidos en los Apéndices II, III y IV se dan en las unidades en las que se determina la conformidad. También se incluye una conversión imperial/métrica utilizando una conversión de 1 pulgada = 25,4mm.

 

 

APÉNDICE II  -  LOS PALOS

 

Un jugador que tenga alguna duda sobre la conformidad de un palo deberla consultar a la Real Federación Española de Golf.

Un fabricante deberla presentar a Real Federación Española de Golf dos muestras del palo que se propone fabricar para que resuelva si dicho palo cumple con las Reglas. Las muestras se quedan en propiedad de la Real Federación Española de Golf a efectos de referencia. Si un fabricante no suministra las muestras, o habiéndola suministrado, no espera a tener una decisión antes de fabricar y/o comercializar el palo, asume el riesgo de una decisión en la que el palo no sea conforme con las Reglas. La Real Federación Española de Golf enviará una de las muestras al RÍA.

Los siguientes párrafos establecen normas generales para el diseño de palos, junto con especificaciones e interpretaciones. Mayor información referente a estas normas y su correcta interpretación puede obtenerse en "Una Gula a las Reglas sobre Palos y Bolas".

Cuando un palo, o parte de un palo ha de cumplir alguna especificación dentro de las Reglas, debe ser diseñado y fabricado con el propósito de cumplir dicha especificación.

 

1. PALOS

a. General

Un palo es un instrumento diseñado para golpear la bola y normalmente existen tres tipos: maderas, hierros y putters, que se distinguen por su forma y por el uso que se les quiere dar. Un putter es un palo que tiene un ángulo de elevación (loft) que no excede de los diez grados y que ha sido diseñado principalmente para ser usado en el Green.

El palo no debe ser sustancialmente diferente de la tradicional y acostumbrada forma y fabricación. El palo debe estar compuesto de una varilla y una cabeza y también puede tener material añadido a la varilla para ayudar al jugador a sujetar firmemente el palo (ver epígrafe 3 más abajo). Todas las partes del palo deben ser fijas de forma que el palo sea una unidad, y no debe tener acoplamientos. Se admiten excepciones para acoplamientos que no afectan a la función del palo

b. Ajustes

Todos los palos pueden incorporar características para ajustes de peso. También se pueden admitir otras formas de ajuste previa aprobación de la Real Federación Española de Golf.

Los siguientes requisitos se aplican a todos los métodos permitidos de ajuste:

(i) el ajuste no pueda hacerse con facilidad

(ii) todas las partes ajustables estén firmemente fijadas y no hay una razonable probabilidad de que se aflojen durante una vuelta; y

(iii) todas las configuraciones de los ajustes cumplan con las Reglas.

 
 

No deben cambiarse intencionadamente las características de juego de un palo durante una vuelta estipulada por ajuste o por cualquier otro método (Regla 4-2a).

c. Longitud.

La longitud total del palo será como mínimo de 18 pulgadas (457,2 mm) y con la excepción de los putters, no debe exceder de 48 pulgadas (1219,48 mm).

Para hierros y maderas la medida de la longitud se hace con el palo reposando en el plano horizontal y la base forma un ángulo de 60° con dicho plano como muestra la Figura I. La longitud está definida por la distancia desde el punto de intersección entre los dos planos hasta el extremo de la empuñadura (grip).

Para los putters la medida de la longitud se toma desde el extremo de la empuñadura a lo largo del eje de la varilla o una extensión de la línea recta de ella a la base del palo.

d. Alíneación.

Cuando el palo está en su posición normal para un golpe la varilla tendrá una alíneación tal que:

(i) la proyección de la parte recta de la varilla sobre el plano vertical que forma la punta y talón debe tener una divergencia de la vertical de al menos diez grados (ver la Figura II). Si el diseño global del palo es tal que el jugador puede utilizar el palo en una posición vertical o casi vertical, puede que se requiera que la varilla tenga una divergencia con este plano de hasta 25 grados.

(ii) la proyección de la parte recta de la varilla sobre el plano vertical a la línea de juego prevista no debe separarse más de 20 grados hacia delante o 10 grados hacia atrás (ver la Figura m).

Excepto para los putters, toda las parte del talón del palo estará dentro de la distancia de 0,625 pulgadas (15,88 mm) del plano que contiene el eje de la parte recta de la varilla y la pretendida línea de juego (horizontal) (ver la Figura IV).

 

 

 

2. VARILLA

a. Rectitud.

La varilla será recta desde el extremo superior de la empuñadura hasta un punto que no esté a más de 5 pulgadas (127 mm) por encima de la planta (base), medida desde el punto donde la varilla deja de ser recta a lo largo del eje curvado de la varilla y el cuello y/o casquillo (ver la Figura V).

b. Propiedades de Flexión y Torsión.

En cualquier punto a lo largo de su longitud la varilla debe:

(i) flexionar de tal manera que la desviación es la misma, independientemente de cómo gire la varilla respecto a su eje longitudinal; y

(ii) torsionar lo mismo en ambas direcciones.

c. Sujeción a la Cabeza del Palo.

La varilla debe estar sujeta a la cabeza del palo en el talón bien directamente o por medio de un cuello liso y/o casquillo. La longitud desde la parte superior del cuello y/o casquillo hasta la base del palo no debe exceder de 5 pulgadas (127 mm.), medida a lo largo del eje, y siguiendo cualquier curvatura en el cuello y/o el casquillo (ver la Figura VI).

Excepción para Putters. La varilla o cuello o casquillo de los putters puede fijarse a cualquier punto de la cabeza.

 

 

3. EMPUÑADURA (Ver la Figura VII)

La empuñadura consiste en un material añadido a la varilla para permitir al jugador una sujeción firme. La empuñadura debe estar sujeta a la varilla y será recta y sencilla en su forma, debe extenderse hasta el final de la varilla y no debe estar moldeada para ninguna parte de las manos. Si no se ha añadido ningún material, esta parte de la varilla diseñada para ser sujetada por el jugador debe ser considerada como la empuñadura.

(i) Para los palos que no sean putters la empuñadura debe ser de sección circular, excepto que puede incorporarse a lo largo de toda la empuñadura una nervadura continua, recta y ligeramente saliente, y se permite una espiral ligeramente en relieve sobre una empuñadura encintada o una imitación de la misma.

(ii) Una empuñadura de putter puede tener una sección transversal no circular, siempre que dicha sección no sea cóncava, sea simétrica y se mantenga generalmente semejante a lo largo de toda la empuñadura. (Ver Cláusula (v) a continuación)

(iii) La empuñadura puede ser cónica pero no debe tener ninguna protuberancia ni talle. Su sección transversal medida en cualquier dirección no debe exceder de 1,75 pulgadas (44,45 mm.)

(iv) Para los palos que no sean putters el eje de la empuñadura debe coincidir con el eje de la varilla.

(v) Un putter puede tener dos empuñaduras siempre que cada una sea circular en su sección transversal, que el eje de cada una coincida con el eje de la varilla, y estén separados como mínimo 1,5 pulgadas (38,1 mm.).

 

 

4. CABEZA DEL PALO.

a. Sencilla en su Forma.

La cabeza del palo debe ser generalmente sencilla en su forma. Todas sus partes deben ser rígidas, estructurales en esencia y funcionales. La cabeza del palo o sus partes no deben ser diseñadas para parecerse a otros objetos. No es fácil en la práctica definir "sencilla en su forma" con precisión y de manera exhaustiva. Sin embargo, las características que se consideran que infringen este requisito y por lo tanto no son permitidas, incluyen pero no se limitan a:

 

 

(i) Todos los palos:

- agujeros a través de la cara

- agujeros a través de la cabeza (se pueden hacer algunas excepciones para putters y hierros con cavidad posterior)

- características cuyo propósito es el de cumplir con especificaciones sobre dimensiones

- características que se extienden a o por delante de la cara.

- características que se extienden bastante por encima de la nea superior de la cabeza

- estrías o guías en la cabeza que se extienden a la cara (se puede hacer alguna excepción para los putters

- dispositivos óptico o electrónicos

(ii) Maderas y hierros

- todas las características relacionadas en (i) arriba,

- cavidades en el perfil del talón y/o punta de la cabeza que se puedan ver desde arriba

- cavidades grandes o múltiples en el perfil de la parte t rasera de la cabeza que se puedan ver desde arriba.

- material transparente añadido en la cabeza con el fin de conseguir que una característica que no es conforme con las Reglas, lo fuese.

- características que se extienden más allá del perfil de la cabeza cuando se ve desde arriba.

b. Dimensiones, Volumen y Momento de Inercia

(i) Maderas

Cuando el palo está en un ángulo de reposo de 60°, las dimensiones de la cabeza deben ser tales que:

- distancia desde el talón a la punta de la cabeza del palo debe ser mayor que la distancia de la cara a la parte posterior de la cabeza del palo.

- la distancia desde el talón a la punta de la cabeza del palo no es mayor de 5 pulgadas (127 mm.); y

- distancia desde la base a la corona de la cabeza del palo no es mayor de 2,8 pulgadas (71,12 mm.) incluyendo cualquier característica permitida.

Estas dimensiones se miden sobre líneas horizontales entre las proyecciones verticales de los puntos externos de:

- el talón y la punta .

- Ia cara y la parte posterior (ver Fig. VIII, dimensión A)

y sobre líneas verticales entre proyecciones horizontales de los puntos externos de la base y la parte más alta (corona) de la cabeza del palo (ver Figura VIII, dimensión B). Si el punto externo del talón no está claramente definido, se considera que está 0,875 pulgadas (22,23 mm.) por encima del plano horizontal sobre el que reposa el palo (ver Figura va dimensión C).

El volumen de la cabeza no debe exceder de 460 centímetros cúbicos (28,06 pulgadas cúbicas), más una tolerancia de 10 centímetros cúbicos (0,61 pulgadas cúbicas).

Cuando el palo está en un ángulo de reposo de 60 grados, el componente del momento de inercia alrededor del eje vertical a través del centro de gravedad de la cabeza del palo no debe exceder de 5900 g cm3 (33,259 onzas pulgadas), más una tolerancia de prueba de 100 9 cm3 (0,547 onzas pulgadas).

(ii) Hierros

Cuando la cabeza del palo está en su posición normal en preparación para el golpe, las dimensiones de la cabeza deben ser tales que la distancia desde el talón a la punta es mayor que la distancia desde la cara a la parte posterior.

(iii) Putters (ver la Fig. IX)

Cuando la cabeza del palo está en su posición normal en preparación para el golpe, las dimensiones de la cabeza deben ser tales que:

- la distancia desde el talón a la punta es mayor que la distancia desde la cara a la parte posterior.

- la distancia desde el talón a la punta de la cabeza es menor o igual a 7 pulgadas (177,8 mm.).

- la distancia desde el talón a la punta de la cara es mayor o igual que dos tercios de la distancia desde la cara a la parte posterior de la cabeza.

- la distancia desde el talón a la punta de la cara es mayor o igual que la mitad de la distancia del talón a la punta de la cabeza.

- la distancia desde la planta a la parte superior de la cabeza, incluyendo cualquier característica permitida, es menor o igual que 2,5 pulgadas (63,5 mm.).

Para las cabezas con forma tradicional estas dimensiones se medirán en líneas horizontales entre proyecciones verticales de las puntas más extremas de:

- el talón y la punta de la cabeza;

- el talón y la punta de la cara; y .

- Ia cara y la parte posterior

y en líneas verticales entre las proyecciones horizontales de la puntas más extremas de la planta y la parte superior de la cabeza.

Para cabezas de palo con formas inusuales, las dimensiones de la punta al talón pueden hacerse en la cara del palo.

 

 

c. Efecto Muelle y Propiedades Dinámicas

El diseño, material y/o construcción de la cabeza del palo (incluyendo la cara del palo) y cualquier tratamiento que se le haga, no debe:

(i) tener el efecto de un muelle que excede del límite establecido en el Protocolo de Prueba de Péndulo archivado en el R&A; o

(ii) incorporar características o tecnología que incluyen, pero que no están limitadas a, muelles o características de muelles cuyo objetivo, o efecto, es el de influir indebidamente en el efecto muelle de la cabeza del palo; o

(iii) influir indebidamente en el movimiento de la bola.

Nota: el apartado (i) anterior no se aplica a los putters

d. Cara para Golpear

La cabeza del palo debe tener solamente una cara para golpear, excepto un putter que puede tener dos si sus características son las mismas, y están opuestas la una a la otra.

 

 

5. CARA DEL PALO

a. General.

La cara del palo debe ser dura y rígida y no debe proporcionar una rotación a la bola significativamente mayor que el de una cara estándar de acero, (se puede hacer alguna excepción para los putters). Excepto para las marcas relacionadas más adelante, la cara del palo debe ser lisa y no debe tener ningún grado de concavidad.

b. Rugosidad y Material del Área de impacto.

Con la excepción de las marcas especificadas en los párrafos siguientes, la rugosidad de la superficie dentro del área en la que se desea que se produzca el impacto ("área de impacto") no debe exceder de la que deja el pulido decorativo o el fresado fino (ver la Fig. X).

Toda el área de impacto debe ser de un solo material (puede haber excepciones para los palos con cabeza de madera).

 

 

c. Marcas del Área de impacto

Si un palo tiene estrías y/o marcas de perforación en el área de impacto éstas deben cumplir las siguientes especificaciones:

(i) Estrías.

- Las estrías deben ser rectas y paralelas

- Las estrías deben tener un sección transversal simétrica y tener lados que no converjan (ver Figura XI)

* Para palos cuyo ángulo de inclinación (loft) sea igual o superior a 25 grados, las estrías deben tener una sección transversal sencilla.

- La anchura, espaciado y sección transversal de las estrías deben ser consistentes en toda el área de impacto (se pueden hacer algunas excepciones en las maderas).

- La anchura (W) de cada una de las estrías no debe exceder de 0,035 pulgadas (0,9 mm.), utilizando el método de medida de 30 grados archivado en el R&A.

- La distancia entre los bordes de estrías adyacentes (S) no debe ser inferior a tres veces la anchura de las estrías, y no menor de 0,075 pulgadas (1,905 mm.).

- La profundidad de cada estría no debe exceder de 0,020 pulgadas (0,508 mm.)

* Para palos que no sean Drivers, el área de la sección transversal (A) de una estría dividida por el paso de la estría (W+S) no debe exceder de 0,0030 pulgadas cuadradas por pulgada (0,0762 mm2/mm) (Ver la figura XI).

- Las estrías no deben tener bordes afilados o labios elevados.

* Para palos cuyo ángulo de inclinación (loft) sea igual o superior a 25 grados, los bordes de las estrías deben ser sustancialmente de forma curvada, con un radio efectivo que no sea menor de 0,010 pulgadas (0,254 mm) al medirlo tal y como se expone en la Fig. XIII y no mayor de 0,020 pulgadas (0,508 mm). Se permiten desviaciones en el radio efectivo de hasta 0,001 pulgadas (0,0254 mm).

(ii) Marcas de Perforación.

- La dimensión máxima de cualquier marca de perforación no debe exceder 0,075 pulgadas (1,905 mm).

- La distancia entre marcas de perforación adyacentes (o entre marcas de perforación y estrías) no debe ser menor de 0,168 pulgadas (4,27 mm.) medido de centro a centro.

- La profundidad de cualquier marca de perforación no debe exceder de 0,040 pulgadas (1,02 mm.).

- Las marcas de perforación no deben tener bordes afilados ni labios elevados.

* Para palos cuyo ángulo de inclinación (loft) sea igual o superior a 25 grados, los bordes de las marcas de perforación deben ser sustancialmente de forma curvada, con un radio efectivo que no sea menor de 0,010 pulgadas (0,254 mm) al medirlo tal y como se expone en la Fig. XIII, y no mayor de 0,020 pulgadas (0,508 mm). Se permiten desviaciones en el radio efectivo de hasta 0,001 pulgadas (0,0254 mm).

Nota 1: Las precedentes especificaciones de estrías y marcas de perforación marcadas con un asterisco (*) sólo se aplican a nuevos modelos de palos fabricados el 1 de Enero de 2010 o a partir de esta fecha y a cualquier palo cuya marcas de la cara hayan sido alteradas a propósito, por ejemplo, volviéndole a hacer las estrías. Para más información sobre el estatuí de los palos disponibles antes del 1 de Enero de 2010, diríjase a la sección de "Búsqueda de Equipo" de www.randa.org.

Nota 2: El Comité puede requerir, en las condiciones de la competición, que los palos que lleve el jugador deban ser conformes con las precedentes especificaciones de las estrías y marcas de perforación identificadas con un asterisco (*). Se recomienda esta condición sólo para competiciones relativas a jugadores expertos. Para más información, diríjase a la Decisión 4-1/1 de las "Decisiones sobre las Reglas de Golf"

d. Marcas Decorativas.

El centro del área de impacto puede indicarse con un dibujo dentro de los límites de un cuadrado cuyos lados tienen una longitud de 0,375 pulgadas (9,53 mm.). Dicho dibujo no debe influir indebidamente en el movimiento de la bola. Se permiten marcas decorativas fuera del área de impacto.

e. Marcas en la Cara de Palos no Metálicos.

Las especificaciones anteriores no se aplican a las cabezas de palos hechas de madera en las que el área de impacto de la cara es de un material cuya dureza es menor de la del metal y cuyo ángulo de inclinación es de 24 grados o menos, pero se prohíben las marcas que podrían influir de forma indebida en el movimiento de la bola.

f. Marcas en la Cara de los Putters.

Ninguna de las marcas de la cara de un putter debe tener bordes afilados o labios elevados. Las especificaciones con respecto a la rugosidad, material y marcas en el área de impacto no se aplican a los putters.