LA BOLA
1. GENERAL
La bola no debe ser sustancialmente diferente de la forma tradicional y habitual. El material y construcción de la bola no deben ser contrarios al propósito y objetivo de las Reglas.
2. PESO
El peso de la bola no será superior a 1,620 onzas (45,93 gramos).
3. TAMAÑO
El diámetro de la bola no será menor de 1,680 pulgadas (42,67 mm.). Se cumplirá esta especificación si, bajo su propio peso, una bola cae a través de un anillo de 1,680 pulgadas (42,67 mm.) de diámetro interior en menos de 25 de unas 100 posiciones elegidas al azar, llevándose a cabo la prueba a una temperatura de 23 +/- 1 ºC.
4. SIMETRÍA ESFÉRICA
La bola no debe ser diseñada, fabricada o modificada intencionadamente para tener propiedades que difieran de las de una bola de simetría esférica.
5. VELOCIDAD INICIAL
La velocidad inicial de la bola no será superior al límite especificado (prueba en archivo), al medirse en aparatos aprobados por el R & A.
6. NORMA PARA DISTANCIA TOTAL
La combinación de vuelo y rodada de la bola, al probarse en
aparatos aprobados por el R & A, no superará la distancia especificada bajo las condiciones
establecidas por la Norma de Distancia Total para bolas de golf disponible en
los archivos del R & A.